Suspensión de actividades comerciales en Salto
16 Mar 2020 - NUEVO DECRETO DE LA MUNICIPALIDAD PARA PREVENIR EL CORONAVIRUS.
En el día de hoy la Municipalidad de Salto decretó:
ARTICULO 1º: Suspender por quince (15) días – contados a partir de la fecha del presente Decreto, las actividades comerciales de Confiterías-Cafeterías, Pizzerías, Locales de Comidas Rápida, Bar -Pubs, Bailantas, Restaurant-Parrillas, Heladerías, Carritos Gastronómicos, Cines-Teatros, Salones de Fiesta, Parques de Diversiones-Circos, Gimnasios y actividades de índole deportiva, cultural, social, religiosa, artística y recreativa de participación masiva de todo tipo, conforme a los argumentos vertidos en el exordio del presente.-
ARTICULO 2º: Se deja expresamente establecido que los comercios gastronómicos podrán hacer uso del servicio de entrega a domicilio.-
ARTICULO 3º: Facultar a todas las dependencias municipales para que dispongan las medidas necesarias y/o de reorganización que la situación de emergencia amerite para cubrir eficientemente la prestación de cada uno de los servicios municipales, aplicando de forma rigurosa las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias.-
ARTICULO 4º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-
SALTO, Marzo 16 de 2020.-
D E C R E T O Nº00520/2020.-