Comunidad | 29 ene 2020
La empresa CERSA aclara
SOLICITADA
Acontinuación la solicitada de "COMPAÑIA DE CERALES SALTO S.R.L."
SALTO, 24 de enero de 2020.-
Sr. Director de Salto y Vos
CIUDAD.-
De mi consideración:- Me dirijo a Ud. en calidad de Socio Gerente de la firma "COMPAÑIA DE CERALES SALTO S.R.L." (CERSA), a efectos se solicitarle quiera tener a bien hacer pública la presente, con los costos que ello demande a cargo de mi representada si así correspondiera, con motivo de las manifestaciones que en conferencia de prensa del día 3 de enero del cte. formulara el Sr. Juez de Faltas de la Municipalidad de Salto Dr. César Di Mántova vinculadas a la contaminación del caudal del Arroyo Burro Muerto, en la zona fabril de Ruta 191 y a la emanación de olores que afectan a la comunidad.-
En lo que respecta a nuestra empresa, una de las mencionadas por el Dr. Di Mantova, la misma acreditó que al mes de febrero de 2018 se encontraba ejecutando un importante plan de saneamiento, agregando al Expediente Nº 322/17 del Juzgado de Faltas de esa Municipalidad la prueba documental respaldatoria de las costosas obras en cuestión, las que funcionan desde el mes de agosto de ese mismo año 2018 y así fue comprobado por el OPDS -autoridad provincial a la que en sus intervenciones públicas el Juez de Faltas y luego también el Secretario General del Municipio intentan trasladar inexistentes responsabilidades- con fecha 14 de mayo de 2019.-
En forma inmediata de ocurrida la conferencia de prensa del 3/1/2020 brindada por el Dr. Di Mantova y considerando absolutamene injustas sus apreciaciones en la medida que involucraba en la problemática a CERSA, nos comunicamos informalmente con el mismo por medio de nuestro apoderado legal solicitándole que luego de verificar en la forma que como autoridad pública dispusiera, el correcto funcionamiento de la obra ejecutada y de tal modo la absoluta falta de responsabilidad de la firma en la contaminación y emanación de olores que terminaba de denunciar, desvinculara de la situación, también públicamente, a "COMPAÑIA DE CERALES SALTO S.R.L.".-
En dicho contexto y no obstante que el día 8 de enero de 2020 se cumplió la medida que estuvo a cargo de un Inspector Municipal acompañado por el Director de Medio Ambiente Arquitecto Marcelo Colli y por el Director de Bromatología Dr. Marcelo Rebozzio, quienes en Acta Nº 7485 correspondiente al Expediente Nº 1454/19(bis) que queda a disposición de ese medio de información dejaron constancia de la inexistencia de afluentes y de olores nauseabundos, acompañando documentación y fotos de los sectores inspeccionados, el Sr. Juez de Faltas no efectuó la pertinente aclaración pública sobre el particular, generando a CERSA los distintos perjuicios por los que como funcionario público deberá responder independientemente de la responsabilidad del Municipio.-
El correcto funcionamiento del plan de saneamiento implementado por CERSA constatado en la mentada diligencia del 8/1/2020, lejos de ser resultado de la casualidad es consecuencia de las importantes obras realizadas en base a un no menos importante esfuerzo económico-financiero, siendo las mismas: Acompactación de tierra y construcción de una playa de hormigón de 5 mts. de ancho por 20 mts. de largo y 20 cms. de espesor; B- Instalación de un tanque para decantar de 30.000 litros; C- Construcción de una cámara de hormigón de 2 mts. por 1,50 mts. y 1,50 mts. de profundidad; D- Colocación a esa cámara de una bomba cloacal que transporta el agua al sistema de tratamientos de efluentes y termina en dos nuevos tanques de 1.500 litros cada uno a los que se agregan los productos químicos correspondientes para tratar el agua (soda y ácido) y equilibrar el P.H.; EConstrucción de otro tanque de 30.000 litros al que se manda el agua para que los aditivos hagan residencia; F- Colocación de una bomba con la que se toma el agua y se la envía al DAF, que termina el proceso separando los desechos que pasan al tanque de 30.000 litros, de la borra que se comercializa; G- Y colocación de un tanque de 1.500 litros que cumple la función de sifón para que el agua limpia que recibe del DAF vaya a una cámara clorinadora (previo paso por una cámara saca muestra) terminando el agua con P.H. 4/5).-
Todo ello, reitero, estaba en ejecución y acreditado en el mentado Expediente Nº 322/17 del Juzgado de Faltas en febrero de 2020, por lo que cuando el Dr. Di Mantova en su intervención pública dice desconocer la existencia de planes de saneamiento por parte de las empresas a las que mencionó en tal oportunidad, al menos respecto de CERSA faltó a la verdad.-
Y -lo reitero- mucho antes de la verificación cumplida el 8 de enero de 2020 con presencia de los Directores de Medio Ambiente y Bromatología, con fecha 14 de mayo de 2019 por Actas B00151816/17 que también se dejan a entera disposición de los medios periodísticos, el OPDS ya había verificado las obras de saneamiento ejecutadas.-
Por todo ello, considerando que en la nueva conferencia de prensa del 23 del corriente mes, en este caso a cargo del Secretario General del Municipio Sr. Camilo Alessandro junto a otros funcionarios y asesores, no obstante la ligera referencia a que CERSA ha ejecutado las obras, la mantiene involucrada en la problemática que suscita el debate público, nos vemos colocados en la necesidad de efectuar las aclaraciones que anteceden y de tal modo informar que "COMPAÑIA DE CERALES SALTO S.R.L." ha diagramado, ejecutado y puesto en funcionamiento a partir del mes de agosto de 2018 su plan de saneamiento, comprobado primero por el OPDS y ahora, a requerimiento informal de nuestra parte, por la Municipalidad de Salto, con el resultado que desde entonces y particularmente al presente somos absolutamente ajenos a la contaminación y olores denunciados.-
Quedando a disposición de ese y restantes medios locales de información para recibirlos en nuestra planta de Ruta 191 Km. 93 de esta ciudad con la finalidad de que puedan comprobar, documentar en la forma que vuestra incumbencia indique e ilustrar a la comunidad sobre las obras e instalaciones reseñadas y el correcto funcionamiento de las mismas.-
Respetuosamente.-
Nestor Osvaldo Querze
Socio Gerente
D.N.I. 16.116.559